ResoluciónConvocatoria Comité Convivencia Laboral

RESOLUCIÓN N°101

Octubre 04 de 2022

“POR LA CUAL SE CONVOCA A LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS DE UNISARC AL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL PARA EL PERIODO 2022 – 2024″

LA RECTORÍA

De la Corporación Universitaria Santa Rosa de Cabal, UNISARC , en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

  1. Que en cumplimiento de la Ley 1010 de 2006, la Resolución No. 2646 de 2008 (art. 14 numerales 1.7 y 2.2.) del Ministerio de la Protección Social y las Resoluciones N° 652 y 1356 de 2012 del Ministerio de Trabajo. UNISARC debe conformar periódicamente el Comité de Convivencia Laboral

     2   Que de conformidad con el artículo 1º de la resolución N°1356 de 2012, que modificó el 3º de la resolución N652 de 2012 el Comité de Convivencia Laboral de UNISARC deberá estar conformado por cuatro (4) miembros, dos (2) representantes de los trabajadores y (2) del empleador. con sus respectivos suplentes

  1. Que el periodo de los actuales representantes de los empleados al Comité de Convivencia Laboral de UNISARC venció el día 03 de octubre de
  2. Que corresponde al empleador designar directamente a sus representantes al Comité de Convivencia Laboral y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y auténtica de todos los trabajadores, mediante escrutinio público.

Que se requiere convocar a todos los empleados de UNISARC administrativos, auxiliares de servicios generales y docentes, a escoger sus representantes al Comité de Convivencia Laboral, que tendrá una duración de dos (2) años conforme el articulo 5º de la resolución N°652 de 2012

RESUELVE:

Convocar a todos los empleados de UNISARC , administrativos, auxiliares de servicios generales y docentes de la lnstitución a elecciones, para escoger sus representantes al Comité de Convivencia Laboral, de acuerdo a lo siguiente:

AR TİCULO PRIMERO: Todos los empleados de UNISARC tienen derecho a elegir dos (2) principales y dos (2) suplentes.

ARTİCULO SEGUNDO: lnscripción de Candidatos. Los candidatos deberán inscribirse en la Secretaría General de la lnstítución hasta el dia viernes catorce (14) de Octubre del año dos mil veintidós (2022).

ARTÍCULO TERCERO: El Candidato a inscribirse y el sufragante deberá ser una persona vinculada a la Instituciôn mediante contrato de trabajo. Los aspirantes al Comité deberán contar con competencias preferiblemente actitudinales y comportamentales. tales como respeto , imparcialídad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos

ARTİCULO CUARTO: La Secretaria General hará pública la lista de los candidatos el dia martes dieciocho (18) de octubre de 2022.

ARTÍCULO QUINTO: Fecha de Elección. Fíjese el dia martes veinticinco (25) de Octubre del presente año, como fecha para la realización de la elección que trata la presente resolución. en el horario de 9:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m., en la sede del Campus Universitario El Jazmin de UNISARC. (Biblioteca).-.

ARTiC ULO SEXTO: Designar como jurados de votación a: Caridad del Socorro Garcia López y Paula Andrea Montoya Aguado.

ARTÍCULO SEPTIMO: Listado de Sufragantes. La División de Personal y Desarrollo del Talento Humano entregará el listado de sufragantes, en el cual solo se incluirán los empleados vinculados a UNISARC mediante contrato de trabajo.

ARTÍC ULO OCTAVO: De los escrutinios y comunicación de los resultados. Una vez terminado el horario de votaciones, los jurados realizarán el escrutinio y contabilizarån eï total de votos; de dicho resultado se levantará un acta que será firmada por los jurados y se remitirã a la Secretaría General para su publicación.

ARTÍCULO NOVENO: Nombramiento de los representantes del empleador. La Rectoría. por medio de un acto administrativo nombrará los representantes de UNISARC al Comité de Convivencia Laboral.

ARTÍCULO DÉCIMO: Apoyo Logístico. La Coordinación de Salud Ocupacional y la Dirección de Recursos Físicos y Materiales, coordinarán lo necesario al apoyo logístico del proceso electoral.

La presente resolución rige a partir de su promulgación y deroga las demás que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE:

Dada en Santa Rosa de Cabal, a los cuatro (04) días del mes de octubre del año dos mil veinte dos (2022).